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Inscripción de viviendas turísticas en Registro de Empresas y Actividades Turísticas (Xunta Galicia)

Desde el equipo de Partee, en nuestro empeño de proporcionar información útil y facilitar la gestión de Viviendas de uso Turístico, nos gustaría mostraros la comunicación oficial que envía, en este caso la Xunta de Galicia,  cuando un propietario da de alta su vivienda como Vivienda de uso turístico. Esta comunicación os llegará a la dirección aportada en el tramite de inscripción a partir de los 45 días después de la inscripción y pago de tasas correspondientes.  En el caso que documentamos, la comunicación llegó aproximadamente noventa días después del pago de tasas, por lo tanto, al menos en Galicia, nos os pongáis nerviosos si veis que la comunicación tarda en llegar.

Información más relevante que encontrareis:

  1. Categoría que se le asigna a la vivienda: Vivienda para uso turístico.
  2. Número de cuartos y su capacidad.
  3. Advierte que la vivienda está sujeta a inspección por parte de los organismos provinciales competentes para realizar comprobaciones e inspecciones necesarias relativas al cumplimiento de los datos declarados y presentación de la documentación exigida por la normativa vigente.
  4. Informa que la inexactitud, falsedad o omisión, de carácter esencial, de cualquier dato, manifestación o documento que acompañe o se incorpore en la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar el ejercicio de la actividad desde ese momento en que se tengan constancia los hechos, sin prejuicio de las responsabilidades penales, civiles y/o administrativas a que dieran lugar.
  5. Finalmente, hace referencia a que dicha actuación podrá comportar, previa audiencia con el interesado, de la baja de la clasificación turística y cancelación de la inscripción del establecimiento en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas, en este caso particular, de la Comunidad Autónoma de Galicia.

 

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